Declaratoria de Independencia
Esta imagen nos lleva en el tiempo al año 1825. Es la reproducción de un óleo del pintor uruguayo Eduardo Amézaga.
Estas figuras tan serias representan a quienes tuvieron la responsabilidad de aprobar las leyes del 25 de agosto de 1825: el sacerdote Juan Francisco Larrobla, Presidente de la Sala de Representantes, y los Diputados del Pueblo Oriental.
Entre esas leyes se destacan tres, por la importancia que tuvieron para el futuro de nuestra patria:
Estas figuras tan serias representan a quienes tuvieron la responsabilidad de aprobar las leyes del 25 de agosto de 1825: el sacerdote Juan Francisco Larrobla, Presidente de la Sala de Representantes, y los Diputados del Pueblo Oriental.
Entre esas leyes se destacan tres, por la importancia que tuvieron para el futuro de nuestra patria:
1-Ley de Independencia
La Provincia Oriental “se declara de hecho y de derecho libre e independiente del Rey de Portugal, del Emperador del Brasil y de cualquiera otro del universo...”
2-Ley de Unión
En un fragmento se declara: Queda la Provincia Oriental del Río de la Plata unida a las demás de este nombre en el Territorio de América del Sur por la voluntad de sus habitantes.
3-Ley de creación del Pabellón
Como consecuencia de la independencia que se había recobrado, era necesario elegir una bandera que flameara en todo el territorio. Se estableció que estaría formada por “tres fajas horizontales, celeste, blanca y punzó...”
Plaza Independencia Montevideo
Por fin, las circunstancias llevaron a que el proceso culminara con dos hechos trascendentes: el fin de la guerra a través de la Convención Preliminar de Paz de 1828 y la Jura de la Constitución, en 1830.
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